Si deseas realizar consultas, adelantar trámites o interponer peticiones, quejas o reclamos (PQR), puedes hacerlo a través de los siguientes canales que tenemos disponibles:
Si lo prefieres, puedes radicar tu PQR haciendo click directamente en el botón Predio desocupado o PQR virtual:
¡Recuerda!
Si radicas un PQR, se realizará un análisis del caso. Es posible que se te contacte previamente para realizar una visita al predio y por último recibirás tu respuesta en la dirección física o electrónica autorizada.
Si no estás de acuerdo con la respuesta, podrás interponer un recurso de reposición y en subsidio de apelación, si procede.
Ante la empresa: recurso de reposición y subsidiariamente el de apelación.
Ante la Superintendencia: recurso de queja si la empresa rechaza el recurso de apelación.
Para más información acerca de los recursos visita el apartado de Preguntas frecuentes.
Si tienes dudas sobre el servicio, consulta esta sección.